Comunicado Foto: Archivo
En Sesión Pública de resolución a distancia por
videoconferencia, las Magistradas y Magistrados del Tribunal Electoral de la
Ciudad de México (TECDMX) confirmaron la entrega de Constancias de Mayoría a
Sandra Xantall Cuevas Nieves, Judith Vanegas Tapia y José Carlos Acosta Ruiz,
como personas titulares electas para las Alcaldías Cuauhtémoc, Milpa Altay
Xochimilco, respectivamente.
Previo a la confirmación de la entrega de Constancias de
Mayoría, el Pleno determinó la anulación de una casilla en Cuauhtémoc, dos en
Milpa Alta y dos en Xochimilco para dichas elecciones a raíz de que se
presentaron diversas irregularidades, pero sin que estas cambiaran el resultado
final de la elección.
El Magistrado presidente, Gustavo Anzaldo Hernández, afirmó
que con motivo del análisis de los diversos proyectos, se precisó que la
nulidad de votación recibida en casilla solo tiene impacto en la elección para
la que expresamente se haya hecho valer, porque así lo dispone el artículo 117
de la ley procesal, es decir, las decretadas respecto de Diputaciones no
impactan en las de Alcaldías, y viceversa.
Asimismo, confirmaron los acuerdos emitidos por los Consejos
Distritales 13 y 03 por los que determinaron la designación de las Concejalías
por el principio de representación proporcional en las Alcaldías Miguel Hidalgo
y Azcapotzalco, ya que las autoridades responsables actuaron con apego a la
normativa en la mencionada designación y los agravios hechos valer por las
partes actoras fueron infundados.
En cumplimiento de sentencia de la Sala Regional Ciudad de
México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el Pleno
consideró existente la promoción personalizada atribuida a Mauricio Tabe
Echartea, en su entonces carácter de diputado del Congreso de la Ciudad de
México, por la exhibición de propaganda gubernamental a través de 63 pintas en
bardas en las cuales sobresale su nombre y cargo, así como sus datos de
contacto en redes sociales, las cuales pudieron tener incidencia en el Proceso
Electoral
Por este motivo, se dio vista al Congreso de la Ciudad de
México, en su calidad de superior jerárquico, para que imponga la sanción que
en derecho corresponda.
Finalmente, las Magistraturas desecharon de plano la demanda del juicio TECDMX-JEL-212/2021 al haber quedado sin materia, pues la autoridad responsable realizó lo necesario para subsanar las omisiones denunciadas por la parte actora; así como el juicio TECDMX-JLDC-098/2021 al ser cosa juzgada, ya que jurídicamente no es posible realizar un nuevo estudio de fondo sobre una cuestión que ya fue objeto de pronunciamiento por el Pleno de este Órgano Jurisdiccional, al resolver el juicio TECDMX-JEL-066/2021, el pasado 10 de junio.
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